INFORMACIÓN DE INTERÉS
 
 
Convenciones CIDIP
 
 
La CIDIP- VII, Habiendo seleccionado protección al consumidor y registros electrónicos como los temas para la CIDIP-VII, los Estados Miembros designaron a sus Expertos Gubernamentales para que se integren los Grupos de Trabajo y que brinden asistencia en los temas por los cuáles fueron seleccionados. Ellos auxiliaran en la redacción de los instrumentos internacionales a ser aprobados por la CIDIP-VII.

Los Estados Miembros propusieron los expertos vía designación oficial quienes gozarán de autoridad para participar y negociar los textos de acorde con las instrucciones políticas y sustantivas que reciban de sus respectivos gobiernos.

A cada estado miembro de le solicitó la designación de por lo menos un Experto Gubernamental por materia, quienes deberán contar con la experiencia y conocimiento sobre el tema que se les encomienda así como con autorización gubernamental para negociar e implementar una convención u otro instrumento sobre el mismo. Así mismo, a los Estados Miembros se les recomiendó que designen a expertos sobre derecho internacional privado, así como a funcionarios de las dependencias gubernamentales con autoridad específica sobre los temas de la agenda – es decir a funcionarios de la agencia gubernamental para la protección del consumidor para participar como expertos en el tema uno y a funcionarios del registro comercial como expertos en el tema dos.

Además de expertos gubernamentales, la Asamblea General solicitó al Comité Jurídico Interamericano que colabore con los trabajos preparativos y solicito a la Secretaría General a que explore formas de colaboración con organizaciones internacionales, incluyendo la Conferencia de la Haya sobre Derecho Internacional Privado, la Comisión de las Naciones Unidas sobre el Derecho Mercantil Internacional (UNCITRAL), el Instituto Internacional para la Unificación del Derecho Privado (UNIDROIT), el Banco Interamericano de Desarrollo, entre otras, involucradas en el proceso de redacción y promoción de instrumentos internacionales compatibles con esos elaborados en el proceso de la CIDIP. La Secretaría General trabajará con dichas instituciones para asegurar su participación en el proceso y nombrará a expertos no gubernamentales a los grupos de trabajo, incluyendo a instituciones de la sociedad civil y asociaciones profesionales sobre los temas de la agenda. Los Estados Miembros también deben alentar la participación dentro de los trabajos preparativos para CIDIP-VII a académicos locales y otros expertos no gubernamentales, así como miembros de la sociedad civil y asociaciones profesionales.

Los expertos designados conducirán los trabajos preparativos de la CIDIP-VII (en consultas entre si, con expertos independientes, organizaciones internacionales y con representantes de los Estados Miembros) por medio del foro de discusión en Internet y se convocaran a reuniones preparatorias de ser necesarias. Miembros de dichos grupos pueden ser gubernamentales y no-gubernamentales.